El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) oficializó la puesta en marcha del Sistema Integrado de Gestión de Trazabilidad de Productos Veterinarios (Sigtrazavet). La medida fue dispuesta mediante la Resolución 654/2026 publicada en el Boletín Oficial y establece un nuevo marco digital de control obligatorio para el registro, distribución y venta de fármacos destinados a animales en toda la Argentina.

El organismo sanitario argumentó que la iniciativa busca mitigar riesgos para la salud pública, animal y ambiental, al tiempo que responde a las exigencias de bioseguridad y certificación de origen requeridas por los mercados internacionales para las exportaciones agroalimentarias.

Mientras se completa la puesta a punto integral de la plataforma, las gestiones operarán de forma transitoria a través de la herramienta SIGTrámites.

Objetivos y funcionamiento del Sigtrazavet

El nuevo esquema reemplaza registros previos e incorpora tecnología para fiscalizar la cadena de insumos veterinarios mediante los siguientes ejes:

  • Monitoreo en tiempo real: Control de principios activos y productos formulados desde la elaboración o importación hasta el destino final.
  • Georreferenciación: Mapeo y ubicación exacta de depósitos y establecimientos de almacenamiento.
  • Integración de stock: Descuento automático de existencias en comercios al momento de emitir una Receta Veterinaria Electrónica (RVE).
  • Validación mediante ARCA: Acceso por autogestión con Clave Fiscal de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero.

Alcance de la normativa

La Resolución 654/2026 es de cumplimiento obligatorio en todo el territorio nacional para los distintos eslabones de la sanidad animal:

  • Importadores, exportadores y sintetizadores de principios activos.
  • Elaboradores, fraccionadores y distribuidores de productos veterinarios.
  • Veterinarios graduados: Únicos profesionales habilitados para confeccionar y emitir las RVE.
  • Productores agropecuarios (inscriptos en RENSPA) y responsables de animales de compañía.

Tipos de Receta Veterinaria Electrónica (RVE)

La RVE se constituye como la herramienta exclusiva para la compra y aplicación de remedios en ganadería, equinos y mascotas. El sistema contempla cuatro modalidades:

  1. Prescripción para adquisición: Destinada al abastecimiento de establecimientos agropecuarios (validez de 45 días).
  2. Tratamiento en animales de producción y équidos: Documento para respaldar la aplicación de fármacos que ya están en stock.
  3. Adquisición y tratamiento simultáneo: Para animales de producción (validez de 30 días).
  4. Prescripción para mascotas: Para animales de compañía, con datos del titular y de la mascota (validez de 30 días).

Exigencia para equinos: La resolución aclara que todos los équidos que reciban tratamientos bajo este régimen deberán contar obligatoriamente con identificación individual mediante microchip.

Plazos de declaración y sanciones

Para garantizar la precisión de los inventarios, el Senasa fijó plazos estrictos de carga de datos:

  • Importación y elaboración: Declaración dentro de las 96 horas.
  • Distribución y venta: Reporte en tiempo real.
  • Confirmación de recepción: El destinatario dispone de 20 días para validar el ingreso del producto; caso contrario, el sistema aplicará un bloqueo automático para operar.

El incumplimiento de la norma, la omisión de datos o las declaraciones falsas serán catalogadas como faltas graves, pasibles de penalidades administrativas, civiles o penales al amparo de la Ley N° 27.233.

Artículo anteriorVacaciones de invierno: más de $3.221 millones y 9.900 visitantes