Fue homologada este martes por el Consejo Superior de la Universidad Nacional de Río Cuarto el acta de la comisión paritaria que establece las medidas de cumplimiento para el sector nodocente durante la vigencia de la presencialidad programada, la cual había sido firmada el miércoles último.

Se definió que los puestos de trabajo en espacios cerrados deberán cumplimentar un distanciamiento de dos metros. Igual medida rige para las actividades al aire libre, se resolvió que se deberá guardar un distanciamiento de dos metros entre personas. Cuando las condiciones climáticas impidan las actividades laborales desarrolladas al aire libre y las características edilicias del área a la que pertenezcan los trabajadores impidan la reasignación de tareas en espacios cerrados con el distanciamiento de dos metros, el responsable del área autorizará la inasistencia a los agentes o el retiro antes de la finalización de sus turnos.

Este distanciamiento podrá ser modificado cuando así los disponga el Poder Ejecutivo Nacional como de cumplimiento obligatorio en todo el territorio nacional o para los organismos que componen el sector público nacional.

La prestación de servicios nodocentes se realizará diariamente en turnos de cinco horas, entre las 7 y las 21.

El acuerdo suspende transitoriamente la vigencia de los Programas de Trabajo Seguro de cada área, mientras la situación sanitaria permita la continuidad de la presencialidad programada.

En los casos que las características edilicias del área impidan la presencia total del personal con el distanciamiento de dos metros, y bajo el principio de buena fe, el responsable del área podrá acordar el corrimiento horario de los turnos, lo cual regirá en forma transitoria y mientras esté vigente la emergencia sanitaria por Covid-19.

Se procederá de la misma manera cuando el horario habitual para el desarrollo de las actividades de la dependencia de que se trate requiera la presencia continua de personal.  Para los agentes que acuerden el corrimiento horario de sus turnos, estos se podrán reducir a cuatro horas.

En caso de prestaciones extraordinarias, razonablemente fundadas, y que excedan la duración de los turnos establecidos, se considerarán remunerativas cuando excedan las 35 horas semanales establecidos por convenio colectivo 366/06.

El 1 de octubre se pondrá en conocimiento de los agentes la programación de las actividades presenciales. Y a partir del lunes 4 se hará la convocatoria a la presencialidad programada para quienes han recibido al menos una dosis de vacuna contra el Covid-19 y con catorce días transcurridos de la inoculación.

Atención al público

La atención al público se realizará en forma externa a las áreas que presten esos servicios y con las protecciones necesarias en el espacio físico donde se realice esa atención. 

Cuando razones de trabajo hagan necesario el ingreso al área de personas ajenas, se hará necesariamente de a una persona por vez. Para estos casos las áreas deberán registrar a través de planillas la identificación de cada persona que ingrese, sea propia o ajena a la actividad laboral del área, para facilitar así la verificación de contactos estrechos. La planilla deberá tener nombre y apellido, DNI, fecha y horario de entrada y salida del área.

Elementos de protección

Es obligatorio el uso de barbijo social o tapaboca. Los agentes nodocentes que se desempeñen en tareas al aire libre podrán prescindir del uso del barbijo mientras guarden el distanciamiento de dos metros.

Se suma que cada trabajador deberá utilizar los elementos de protección personal necesarios para la actividad que realice, tal como lo hacía habitualmente, y realizar la desinfección de su puesto de trabajo y de los elementos que usa con los sanitizantes provistos por la UNRC.

Programación de la presencialidad antes del 1º de octubre

Los jefes de cada área deberán programar la presencialidad de su dependencia antes del 1 de octubre. Una vez relevado el distanciamiento permitido de dos metros entre cada puesto de trabajo en espacios cerrados, se deberá elaborar la programación de las actividades presenciales, de acuerdo con este protocolo. Quedará exceptuados los agentes ausentes por dispensas y los no vacunados.

El personal actualmente dispensado se incorporará al programa de presencialidad cuando no reúna los requisitos que establezca la nueva normativa sobre dispensas.

Los no vacunados

Los nodocentes que no haya iniciado el ciclo vacunatorio y no estén sujeto a las dispensas establecidas deberán ser convocados por la Dirección de Recursos Humanos para que a partir del 29 de setiembre se reúnan con personal médico de la Institución para recibir toda la información necesaria sobre la vacuna. En caso de mantener su decisión de no acceder a la vacuna deberá firmar una declaración jurada con los recaudos a cumplir para aumentar su protección personal y la del resto de los y las agentes nodocentes. 

Esta declaración jurada incluirá para el agente la obligación de un test PCR semanal, (artículo 115º, inciso c, CCT 366/6) el que se presentará los lunes o en su defecto, si su función lo permite, deberá aceptar un traslado de espacio físico que permita el desempeño de sus tareas en condiciones de mayor seguridad para su salud (artículo 11º, inciso i, CCT 366/6).

El personal no vacunado se incorporará al programa de presencialidad cuando cumplimente esos requisitos otras que hayan pasado 14 días del inicio de su ciclo vacunatorio. Mientras tanto, continuarán con sus obligaciones laborales en la misma forma que lo hacían durante la vigencia de los procedimientos de trabajo seguro de su área.