La Defensoría del Pueblo de Río Cuarto confirmó el criterio que oportunamente había hecho público, coincidente con lo manifestado por el Gobierno Nacional, sobre que no se debe abonar para pasar música en eventos privados.
El ombudsman Daniel Frangie señaló que la postura pública de la Casa Rosada despeja las dudas y abre el camino para que el decreto 765/2024 se cumpla plenamente.
“Los ministros Federico Sturzenegger y Mariano Cúneo Libarona salieron a aclarar el alcance del decreto para determinar quiénes están comprendidos y quiénes no en el pago de los derechos de autor. Y, como habíamos señalado públicamente, ninguna fiesta privada tiene que tributar. Actualmente, Aadi Capif está haciendo actas preventivas y obstaculizando el decreto del gobierno nacional. Con este posicionamiento que se conoció en las últimas horas, ya no quedan dudas sobre el criterio. Ya no hay lugar para interpretaciones forzadas”, indicó Frangie.
En ninguna fiesta privada deben pagarse los derechos de autor; incluso si se trata de una fiesta en la que se contrata un organizador privado o un salón. En ese caso, ninguno debe pagar: ni quienes hacen la contratación ni quienes organizan la fiesta.
“Todo evento que reúna las características de evento privado, es decir, que comprende a un público determinado y específico que se plasma en una lista de invitados, no tiene que pagar ningún derecho de autor. Y no debe hacerlo nadie: ni quienes contratan ni, en este caso, los salones de fiestas”, dijo Frangie.
Eso incluye todo tipo de eventos: cumpleaños, casamientos, egresos, fiestas de fin de año.
En el caso de que la fiesta se abra a todo público y no exista una lista acotada de invitados, entonces la situación cambia y correspondería el pago de los derechos de autor.